El ejercicio del Ministerio Pastoral del obispo (primera parte)


Maestrante: José Gilberto Ballinas Lara


En mi artículo pasado reflexionaba un poco sobre el significado del término obispo. Ahora me enfocaré al ministerio pastoral de todo obispo en general.

Como creyentes en Cristo sabemos y creemos que Jesús, Hijo de Dios, que se encarnó en el vientre de María Virgen, durante su vida pública y una vez iniciado su ministerio de salvación, llamó a sus apóstoles para que estuvieran con él y enseñarles los misterios de su reino; para después enviarlos a dar testimonio de Él, concediéndoles la santidad mediante el Espíritu Santo y salvar a los hombres.

El mismo Cristo que dio potestad plena al apóstol san Pedro instituyó a los doce para que edificaran el Cuerpo de Cristo mediante la guía y pastoreo de su Iglesia “Cristo […] envió a sus apóstoles, a quienes santificó, comunicándoles el Espíritu Santo, para que también ellos glorificaran al Padre sobre la tierra y salvaran a los hombres ‘para la edificación del Cuerpo de Cristo’ que es la Iglesia.” (Vaticano II. Decreto Christus Dominus Núm. 1)

En la actualidad los obispos por la sucesión apostólica ocupan el lugar de los apóstoles y, al igual que los primeros, han sido constituidos por el Espíritu Santo como pastores y maestros de fe para la Iglesia, bajo la guía del Papa, sucesor de Pedro, en atención a la tarea que como corporación tienen con la Iglesia universal.

Como he mencionado los obispos tienen la plenitud de la potestad en toda la Iglesia por el hecho de pertenecer al Cuerpo Episcopal de la misma, emanado del Colegio de los Apóstoles y con el consentimiento del Romano Pontífice. Sin embargo, en atención a la porción del rebaño que se les ha confiado “Los obispos, como sucesores de los Apóstoles, tienen por sí, en las diócesis que se les ha asignado, toda la potestad ordinaria, propia e inmediata que se requiere para el ejercicio de su oficio pastoral que, en virtud de su cargo, tiene el Romano Pontífice de reservarse a sí o a otra autoridad las causas.” (Vaticano II. Decreto Christus Dominus Núm. 8)

Por otro lado, esa misma potestad del obispo se manifiesta en la diócesis encomendada, mediante la dispensa de una norma o ley general de la Iglesia, pero solo si lo encuentra necesario para el beneficio y provecho de la salvación de los fieles. Así, debemos destacar la labor de la enseñanza que es propia del obispo. Por ser este maestro de la fe debe enseñar la Buena Nueva de Cristo.

Otra labor pastoral que todo obispo tiene es la de santificar a los fieles “Han sido tomados de entre los hombres, constituidos para los hombres en las cosas que se refieren a Dios para ofrecer los dones y sacrificios por los pecados. Pues los obispos gozan de la plenitud del Sacramento del Orden […] Son los principales dispensadores de los misterios de Dios, los moderadores, promotores y guardianes de toda la vida litúrgica de la Iglesia que se les ha confiado” (Vaticano II. Decreto Christus Dominus Núm. 15)

Es importante contemplar que el obispo es servidor, buen pastor que, a semejanza de Cristo, debe conocer a sus ovejas y sea conocido por ellas, debe distinguirle el espíritu del amor y caridad para que a la autoridad que Cristo le ha conferido en el colegio apostólico, todos con gusto se sometan.

En la siguiente entrega analizaremos otros aspectos del ministerio de los obispos.

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